Te explicamos cuál es la millonaria multa y las graves sanciones que impondrá el IMPI por proyectar los partidos del Mundial 2026 en tu negocio sin permiso.
El mito del ‘cover’ gratuito y la trampa de las licencias residenciales en tu negocio
¡A apagar los proyectores si no se tiene el contrato adecuado! Existe una creencia errónea y sumamente arraigada entre los dueños de bares, cantinas y cafeterías de que, al no cobrar una entrada o un cover obligatorio a los asistentes, no se está incurriendo en ninguna falta legal. Sin embargo, la Ley Federal del Derecho de Autor es sumamente estricta en este rubro: en el instante en que la transmisión de un evento genera de forma directa o indirecta un beneficio comercial o de consumo para el establecimiento, se requiere el aval expreso del titular de los derechos, que en este caso es la FIFA.
Especialistas en el tema de propiedad intelectual recuerdan que los paquetes de cable o streaming tradicionales que pagamos mes con mes están bajo la modalidad de licencia residencial. En cuanto esa señal se exhibe de manera pública frente a un grupo de clientes dentro de un local, el acto se transforma de inmediato en una actividad comercial. Por lo tanto, usar una cuenta personal para amenizar el negocio constituye una infracción directa que será perseguida de oficio.
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Hasta 29 millones de pesos y la clausura inmediata del negocio
¡Las cifras oficiales dadas a conocer por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) son verdaderamente espeluznantes! Los comercios que se arriesguen a violar la normativa y sean sorprendidos transmitiendo de forma ilegal los compromisos de la Selección Mexicana o del resto de las potencias mundiales se enfrentarán a un catálogo de sanciones implacables:
- Multas estratosféricas: El IMPI fijó castigos económicos que pueden alcanzar la demoledora cantidad de hasta 250,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs). Tomando en cuenta que para este año la UMA tiene un valor establecido de 117.31 pesos, la multa máxima se eleva hasta los 29.3 millones de pesos.
- Cierre del establecimiento: Más allá del golpe en efectivo, las autoridades están facultadas para imponer una clausura temporal de hasta 90 días naturales, lo que significaría perder por completo toda la temporada mundialista y las ventas del verano.
- Decomiso de equipos: El personal del IMPI y del INDAUTOR —las únicas dos entidades facultadas para sancionar estos actos— procederá con el aseguramiento y retiro de las pantallas, proyectores y sistemas de audio del local.
- Demandas extra: Por si fuera poco, el negocio quedará expuesto a que los representantes legales de la FIFA inicien acciones legales secundarias por concepto de daños y perjuicios.
Para evitar la ruina, los expertos recomiendan de manera urgente que el negocio verifique con sus proveedores de señal que cuentan con paquetes comerciales autorizados o, en su defecto, formalicen contratos específicos bajo la modalidad de exhibición pública comercial.

El semáforo de las sanciones de propiedad intelectual
Las claves del operativo legal que vigilará el negocio durante el torneo de la FIFA:
- 📺 El error común: Utilizar cuentas de streaming personales o televisión por cable residencial en zonas de consumo.
- 💰 El castigo económico: Multas que van desde montos menores hasta un tope de 29.3 millones de pesos (250,000 UMAs).
- 🚪 La sanción operativa: Clausuras temporales de hasta tres meses y el decomiso total de los televisores y bocinas del comercio.
- 🛠️ La solución: Tramitar de inmediato contratos de modalidad comercial y licencias de uso público con los proveedores autorizados.
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